Cómo sortear los escalones en la entrada de un edificio
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¿Cómo superar los escalones en la entrada de un edificio y facilitar el acceso de personas mayores y con diversidad funcional en comunidades de vecinos y lugares públicos?
Los espacios públicos como tiendas, gimnasios, hoteles y oficinas deberían ser accesibles para todos. Sin embargo, muchas veces no lo son. Lo mismo ocurre en algunas comunidades de vecinos con numerosas escaleras y sin ninguna alternativa a ellas.
Hay madres/padres con carrito que no pueden entrar en una tienda porque no logran salvar los escalones de la entrada, o personas mayores y en silla de ruedas que deben renunciar a sus vacaciones porque el hotel no dispone de rampa de acceso. El único obstáculo que impide el acceso son unos escalones, y suponen una barrera importante para personas con movilidad reducida.
A pesar de que a lo largo de los años España ha aprobado numerosas leyes para eliminar este problema, las barreras arquitectónicas siguen presentes hoy en día, tanto dentro de las comunidades de vecinos como en los lugares públicos, que por definición deberían ser accesibles para todos.
Poder frecuentar con autonomía la propia comunidad o un espacio público es importante para sentirse parte de una colectividad, no al margen de ella. Porque todas las personas tienen derecho a una vida social fuera de su hogar.
A continuación, repasamos las medidas que la normativa española recomienda adoptar —o impone como obligación— en comunidades de vecinos y lugares públicos, para garantizar el acceso a todos.
Las indicaciones para la eliminación de barreras arquitectónicas en lugares públicos
España cuenta con un amplio marco normativo orientado a garantizar la accesibilidad universal. A nivel constitucional, está establecida la obligación de los poderes públicos de promover la igualdad real y efectiva de todos los ciudadanos, y el documento reconoce expresamente los derechos de las personas con discapacidad a la plena autonomía personal y a la inclusión social en entornos accesibles.
A escala nacional, destacan normas como el Real Decreto Legislativo 1/2013 —que obliga a todos los espacios públicos y privados a suprimir barreras mediante ajustes razonables— y el Real Decreto 193/2023, que desarrolla medidas específicas para servicios públicos y privados. La Ley de Propiedad Horizontal y el Código Técnico de la Edificación (CTE) completan el cuadro, regulando los derechos y obligaciones en el ámbito residencial.
A esto se suma la normativa propia de cada comunidad autónoma, que en materia de urbanismo, vivienda y accesibilidad ha desarrollado sus propias leyes complementarias. Por ello, antes de acometer cualquier reforma, conviene contar con el asesoramiento de un técnico especializado que conozca tanto los requisitos estatales como los locales aplicables:
- En cuanto a los alojamientos turísticos, cada región fija sus propios estándares técnicos, que se suman a las exigencias estatales. Para obtener la licencia de actividad, es necesario presentar documentación técnica firmada por un profesional, tramitar los permisos municipales y sanitarios, y contar con el seguro obligatorio. El proceso puede extenderse varios meses según la normativa del lugar.
- En los comercios, las exigencias se centran en rampas con pendiente de un 10%, un 8% o un 6% dependiendo de la longitud y superficie antideslizante, puertas de al menos 80 cm de anchura, pasillos principales de 120 cm o más, mobiliario y baños adaptados, y señalización en braille con contraste cromático adecuado.
- En los lugares de trabajo, la inclusión real va más allá de eliminar barreras físicas: implica también adaptar tecnología, comunicación y organización. Las empresas deben aplicar criterios de diseño universal desde el origen y realizar ajustes razonables para cada trabajador, como rampas, escritorios regulables, software adaptado o flexibilidad horaria. En muchos casos, se trata de cambios pequeños con un gran impacto en la igualdad de oportunidades.
Eliminación de barreras arquitectónicas en las comunidades de vecinos
En el ámbito residencial, la Ley de Propiedad Horizontal y el CTE son los marcos de referencia en la eliminación de barreras arquitectónicas en las comunidades de vecinos. Desde la reforma de 2013, la Ley sobre la Propiedad Horizontal establece que las obras de accesibilidad son obligatorias cuando las solicita un propietario con discapacidad o mayor de 70 años, sin necesidad de acuerdo previo de la junta si el coste no supera las doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. Por encima de ese importe, basta con la mayoría simple. Estas actuaciones incluyen la instalación de ascensores, rampas y salvaescaleras. El CTE, por su parte, define los requisitos técnicos para que los edificios existentes alcancen la accesibilidad universal.
Soluciones para evitar los escalones en la entrada de un edificio
Una de las soluciones para ayudar a una persona mayor o con discapacidad a superar los escalones de acceso a un edificio es instalar una rampa junto a los peldaños. De este modo, quienes tienen dificultades de movilidad pueden entrar al edificio con comodidad y de forma autónoma.
Cuando el número de escalones es elevado, una alternativa a la rampa es un salvaescaleras, como Vivaz de KONE Motus. Se instala tanto en interiores como en exteriores y se adapta a cualquier tipo de escalera. Ocupa poco espacio, es silencioso y discreto, y se integra de forma armoniosa en cualquier ambiente. El asiento puede personalizarse en distintos acabados y colores.
Y si en el edificio vive una persona que necesita silla de ruedas, lo ideal es una plataforma salvaescaleras como Fluido de KONE Motus.
Otra opción es habilitar un acceso específico que permita a las personas con dificultades de movilidad utilizar un ascensor doméstico. Por ejemplo: Armónico Eléctrico y Dinámico de KONE Motus, son modelos de ascensores domésticos que pueden instalarse en espacios ya existentes y, además, aportan un valor añadido al espacio.
Los escalones en la entrada de un edificio son un obstáculo superable de diversas formas: con una rampa fija o móvil, con la instalación de un salvaescaleras o de un ascensor doméstico.
Cada una de estas soluciones facilitará el movimiento autónomo y sin esfuerzo no solo de personas mayores y con discapacidad, sino también de madres/padres con carrito y de personas que se estén recuperando de una lesión.